Con precios internacionales se regulan precios de los medicamentos en Colombia


- El grupo técnico de la Comisión de Regulación de Precios de Medicamentos presentó a consulta la regulación de precios de 195 medicamentos 

 - Estos medicamentos representan alrededor del 30% del gasto público en salud e incluye medicamentos POS y No POS.

El grupo técnico de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMDM), integrado por la Presidencia de la República, Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, presentó a consideración pública 195 medicamentos cuyos precios serán regulados tomando como referencia precios internacionales.

El grupo técnico encontró que de un total de 240 medicamentos analizados 195 tienen un precio nacional más alto que a nivel internacional, por lo que entrarían en control directo.
De estos, 37 medicamentos están incluidos en el POS y 158 son No POS. De la muestra analizada, 45 medicamentos (19%) tienen precios nacionales inferiores a los países de referencia, por lo que no serán regulados. La decisión ocasionaría una reducción de precios promedio de 39% y un ahorro estimado de alrededor $375 mil millones en el gasto No POS.

El ahorro en gasto POS podría ser aún más significativo, dado que el precio regulado constituye un techo y en el cálculo de la UPC podría usarse un precio menor.

Los precios que son sometidos a consulta se construyeron mediante referenciación de precios de 17 países, incluyendo a varios latinoamericanos y europeos.

La consulta se hizo sobre bases de datos oficiales de precios. Los medicamentos analizados representan alrededor del 30% del gasto público en salud.
El grupo técnico presenta estos precios a consulta de los interesados durante 10 días calendario a partir del 26 de julio.

Toda la información que soporta la propuesta será dispuesta en las páginas del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y del Ministerio de Salud.

En el caso de que haya alguna solicitud de cambio o ajuste, los interesados deberán presentarla a la secretaría técnica de la Comisión, por escrito y con documentos de soporte. Pasados los 10 días y analizados lo comentarios, la CNPMDM expedirá la circular.


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